En comunicado de prensa Fiscalía de Chillán confirma que presentó solicitud de desafuero para el gobernador Oscar Crisóstomo
En la nota se señala que se está a la espera de que la Corte de Apelaciones de Chillán fije audiencia para resolver solicitud planteada
‘Ante diversas consultas de prensa, la Fiscalía Regional de Ñuble confirma que presentó, el lunes 26 de agosto, ante la I. Corte de Apelaciones de Chillán una solicitud de desafuero para el gobernador de la Región de Ñuble, Óscar Crisóstomo Llanos’.
‘Lo anterior, en el marco de una investigación penal que tiene el carácter de reservada, por lo que no se entregará mayor información al respecto’.
‘La Fiscalía Regional de Ñuble está a la espera de que el tribunal de alzada fije una audiencia para resolver la solicitud planteada por el Ministerio Público’.
En tanto, desde la Corte de Apelaciones, el secretario del tribunal, Gabriel Hernández, confirmó también que presentación se realizó el pasado 26 de agosto.
Señaló que en ella ‘se solicita que se declare la formación de causa, vale decir, se está pidiendo el desafuero del Gobernador Regional. Esta solicitud se le dio tramitación por el Tribunal Pleno de esta Ilustrísima Corte de Apelaciones de Chillán y eso consistió en que se le dio traslado, vale decir, se le pide un informe al Gobernador y esto fue requerido con fecha 29 de agosto del año 2024’.
Precisa el secretario del tribunal que el gobernador, en este caso, tiene un plazo de 10 días corridos para evacuar el informe luego de lo cual el Tribunal con ese informe se reunirá en una audiencia especial en la que se analizará la solicitud de desafuero. ‘Luego de esta audiencia pública en la que se escucharán los alegatos de la parte solicitante, en este caso del Ministerio Público y eventualmente del Gobernador Regional, la Corte de Apelaciones tiene que tomar la decisión a través del Tribunal Pleno de determinar si hace lugar o no al desafuero’.
Explica el secretario de la Corte que ‘en el caso que no haga lugar al desafuero se produce el archivo de la causa y en el caso que acceda a la solicitud de desafuero lo que conforme a las normas del Código Procesal Penal hace lugar a la formación de causa y continúa el proceso penal en la sede correspondiente’.
Por último, el secretario Hernández dijo que en este caso los antecedentes de la causa son reservados en virtud de que así lo solicitó el Ministerio Público y accedió esta Corte de Apelaciones en virtud de lo dispuesto en el artículo 182 del Código Procesal Penal que autoriza aquello’.
