Autoridades destacaron la aprobación de la ley Escuelas Protegidas y explicaron como entrará en funcionamiento
Iniciativa entregará nuevas herramientas a la comunidad educativa para enfrentar hechos de violencia en los establecimientos
Esta semana, la Cámara de Diputados aprobó por 105 votos a favor y 46 en contra, el proyecto de ley Escuelas Protegidas. La iniciativa entregará nuevas herramientas a la comunidad educativa para enfrentar hechos de violencia en los establecimientos y permitirá mantener el respeto dentro del aula, fortaleciendo la convivencia educativa y permitiendo que los establecimientos educacionales puedan actuar frente a actos violentos.
En ese sentido, las autoridades regionales valoraron la aprobación del nuevo marco legal y se refirieron a la implementación de la nueva ley, destacando la importancia que tendrá para salvaguardar la integridad física de alumnos, profesores y miembros de la comunidad educacional. Así lo explicó el Delegado Presidencial, Diego Sepúlveda, recalcando que el proyecto Escuelas Protegidas apoyará la creación de entornos educativos más seguros.
“La nueva ley permitirá que los establecimientos puedan incluir en sus reglamentos, las herramientas y acciones que consideren necesarias para resguardar la seguridad de todos los miembros de la comunidad educativa. Nuestro objetivo es que los colegios vuelvan a ser espacios seguros, que los profesores retomen la autoridad en la sala de clases y sobre todo, que los establecimientos vuelvan a cumplir con la labor educativa que es para lo que fueron creados”, dijo.
Por su parte, el Seremi de Educación, Felipe Vogel, detalló que con la ley Escuelas Protegidas se fortalecen las herramientas que tienen los directores de establecimientos educacionales para enfrentar cualquier tipo de delito u otro acontecimiento que atente contra la sana convivencia escolar.
“El mensaje es muy claro: en los establecimientos educacionales no habrá espacio para la violencia. Eso sí, las medidas que tomen los colegios deben estar incluidas en sus reglamentos internos, pues de esa manera podemos resguardar el debido proceso para que los miembros de las comunidades educativas se sientan seguros”, sostuvo.
El secretario regional añadió que “nosotros les estamos entregando herramientas a los directores, pero ellos deciden si las utilizarán o no. Si deciden por ejemplo, revisar mochilas, esa acción deberá estar incluida en el reglamento interno de convivencia escolar. Se nos ha acusado de querer militarizar los establecimientos y no es así, pues serán los propios establecimientos los que decidan que herramientas desean utilizar en favor de la sana convivencia escolar”.
Principales normas
Para resguardar la integridad física y psíquica de los integrantes de la comunidad educativa, los sostenedores podrán incorporar en sus reglamentos internos la revisión de mochilas, bolsos u otros efectos personales de los estudiantes, excluidas sus vestimentas, a fin de evitar el ingreso, uso, porte y posesión de elementos que puedan ser utilizados para agredir a otros o para atentar contra la infraestructura del establecimiento.
Esta revisión deberá evitar cualquier forma de contacto físico o exposición innecesaria de los involucrados y deberá realizarse en lugares especialmente designados. Queda estrictamente prohibido requerir al estudiante que se desnude, así como la revisión corporal y de vestimentas.
La ley considera además que se podrá solicitar al estudiante mostrar o vaciar el contenido de los bolsillos. Si se encontraran elementos considerados potencialmente peligrosos, se deberá comunicar de manera inmediata a los padres y apoderados del estudiante, así como a Carabineros de Chile o a la Policía de Investigaciones. En caso de negativa del estudiante, el personal igualmente deberá informar de manera inmediata a sus padres y apoderados para que, al menos uno de ellos, concurra a revisar las pertenencias. En tanto, el estudiante deberá permanecer bajo resguardo en un espacio adecuado que deberá ser distinto del de la sala de clases.
Si el padre, madre o apoderado concurre y el estudiante persiste en su negativa, el estudiante deberá retirar las pertenencias del establecimiento, debiendo el sostenedor informar a la Oficina Local de la Niñez.
En el caso de que el padre, madre o apoderado no concurra dentro del plazo y /o condiciones específicas contenidas en el reglamento interno o no concurra, el sostenedor del establecimiento deberá comunicar los antecedentes a Carabineros de Chile o a la Policía de Investigaciones de Chile y requerirles para que procedan.
Los funcionarios de Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones de Chile deberán, sin orden del fiscal y previo requerimiento del personal del establecimiento educacional correspondiente, concurrir a este establecimiento para efectuar el registro de las vestimentas y efectos personales del estudiante cuando exista algún indicio de que el estudiante ha cometido o intentado cometer un crimen o simple delito.
Los reglamentos internos podrán contener prohibiciones de uso de vestimentas o accesorios que impidan la identificación facial. No se aplicará cuando el uso responda a necesidades de salud, necesidades sensoriales o de regulación emocional, prácticas religiosas o culturales, expresión de identidad de género y necesidades de carácter climatológicas, entre otras.
